Seguridad y regulación

Los edulcorantes bajos en calorías/sin calorías son los ingredientes sujetos a investigaciones más exhaustivas del mundo. Las autoridades europeas e internacionales que han aprobado la seguridad de estos ingredientes engloban: la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (“Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria” – EFSA) y el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios de la FAO y la OMS (“Food and Agriculture Organisation”/ “World Health Organisation”) (JECFA).

En la Unión Europea (UE), los siguientes 11 edulcorantes bajos en calorías/sin calorías han sido aprobados para su uso en alimentos y bebidas.

La Regulación de los Edulcorantes Bajos en Calorías/Sin Calorías

Los edulcorantes se regularon por primer vez a nivel europeo en la década de 1990 con la entrada en vigor de la Directiva 94/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los edulcorantes en los productos alimentarios, conocida asimismo como la “Directiva sobre Edulcorantes”. Más recientemente, el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron un reglamento marco, el Reglamento 1333/2008, con el fin de consolidar todas las autorizaciones actuales para todos los aditivos alimentarios, incluidos los edulcorantes, en un único texto legal. El Anexo II de dicha legislación, establecida en virtud del Reglamento de la Comisión 1129/2011, proporciona una lista de edulcorantes aprobados por la Unión Europea para su uso en alimentos y bebidas y como edulcorantes de sobremesa así como sobre sus condiciones de uso.

Al igual que con cualquier otro ingrediente alimentario, la presencia de un edulcorante bajo en calorías/sin calorías en un alimento o una bebida se indica en la etiqueta alimentaria (“con edulcorante”) así como en la lista de ingredientes (nombre completo / número ‘E’). La referencia ‘E’ para cada aditivo hace referencia a Europa e indica que el aditivo alimentario es seguro y ha sido aprobado para su uso en alimentos y bebidas en Europa.

¿Cómo se aprueba un Edulcorante Bajo en Calorías/Sin Calorías para su Uso en la UE?

La autorización y las condiciones de uso de un edulcorante bajo en calorías/sin calorías, al igual que cualquier otro aditivo alimentario, se encuentran armonizadas a nivel de la UE. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (AESA) es responsable de la provisión de asesoramiento científico que respalde la legislación y las políticas de la Unión Europea en todos los ámbitos que tengan un impacto directo o indirecto sobre la alimentación y la seguridad alimentaria. Los solicitantes (fabricantes de ingredientes) solo pueden solicitar la aprobación de un edulcorante bajo en calorías/sin calorías tras completar unas amplias pruebas de verificación de la seguridad y proporcionar pruebas científicas que respalden la seguridad del ingrediente y sus beneficios para el consumidor. La solicitud consta de datos globales obtenidos a partir de estudios de seguridad e incluye asimismo información detallada sobre cómo se utilizará el ingrediente en alimentos y bebidas. Tras la publicación de un dictamen científico positivo de la AESA, la Comisión Europea redacta una propuesta de autorización del uso del edulcorante en alimentos y bebidas en el mercado europeo, que es debatida por los expertos de los Estados Miembros de la UE antes de su aprobación.

Seguridad de los edulcorantes bajos en calorías/sin calorías

Un amplio número de estudios científicos ha examinado y confirmado que los edulcorantes bajos en calorías/sin calorías son seguros. Estos datos han sido evaluados por autoridades de reconocimiento mundial, que incluyen el Comité Conjunto de Expertos sobre Aditivos Alimentarios FAO / OMS (JEFCA) y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (AESA). Todos los edulcorantes bajos en calorías utilizados actualmente en alimentos y bebidas en Europa han sido sometidos a rigurosas pruebas de verificación por parte de la AESA.

En el proceso de aprobación, la AESA establece una Ingesta Diaria Admisible (IDA) (“Acceptable Daily Intake” – ADI) para cada edulcorante bajo en calorías/sin calorías. La IDA es una cantidad recomendada que representa la cantidad de edulcorante bajo en calorías/sin calorías que se puede consumir de manera segura cada día a lo largo de la vida de cada persona sin que exista ningún problema de salud.

A petición de la Comisión Europea, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria está llevando a cabo un ambiciosa reevaluación de la seguridad de todos los aditivos alimentarios que se aprobaron para el mercado UE antes del 20 de enero de 2009. El aspartamo ha sido el primer edulcorante que ha sido objeto de este proceso de reevaluación. En 2013, después de una de las evaluaciones científicas del riesgo más exhaustivas jamás realizadas sobre un aditivo alimentario, la AESA publicó los resultados de dicha evaluación que reconfirmaba que el aspartamo es seguro para los consumidores. La EFSA trabaja actualmente en la reevaluación del resto de edulcorantes.

Si desea más información sobre la regulación y la seguridad de los edulcorantes bajos en calorías/sin calorías se puede descargar el Folleto ISA “Edulcorantes bajos en calorías: Funciones y beneficios” y la Infografía de ISA “Edulcorantes bajos en calorías/sin calorías: Seguridad y Regulación.